Información para Autores

Información para Autores

  1. DEL ENVÍO DE TRABAJOS

Los autores interesados en publicar en la Revista Ius et Praxis deberán ceñir estrictamente sus trabajos a las instrucciones que se señalan a continuación.

Fechas de recepción de trabajos: Los manuscritos pueden ser presentados de marzo a diciembre. No se reciben trabajos en los meses de enero y febrero.

Forma de remitir los trabajos: Todas las colaboraciones deben ser remitidas al correo electrónico de la revista (revista-praxis@utalca.cl), bajo el asunto “Presenta manuscrito a la Revista Ius et Praxis”. La comunicación de remisión, además de la solicitud de publicación, debe ser acompañada de dos fichas: la declaración de comprobación preliminar y compromisos; y la de datos de manuscrito y autoría.

Ficha de Declaración de comprobación preliminar y compromisos

Como parte del proceso de preparación, los autores están obligados a comprobar que su envío cumpla con todos los elementos que se muestran en la ficha respectiva y a enviar firmada la declaración respectiva conjuntamente con el envío del manuscrito.

Se devolverán a los autores aquellos envíos que no cumplan con estas directrices de comprobación preliminar y compromisos.

Comprobación preliminar:

  1. Solicitud de publicación.
  2. Responsabilidad de autoría.
  3. Carácter original e inédito del manuscrito.
  4. Aceptación de las normas editoriales.
  5. Conflicto de intereses.) y compromisos.

Compromisos que asume el autor al postular un trabajo a la Revista Ius et Praxis:

  • No someter el mismo trabajo simultáneamente o con posterioridad a su envío, a la consideración de otras publicaciones periódicas o de acceso abierto. No incluir el trabajo como capítulo de libro o parte de un libro, antes de que esté publicado en la Revista.
  • Conocer y respetar las normas y políticas editoriales de Ius et Praxis.
  • Ceder a la Revista Ius et Praxis los derechos de reproducción una vez admitida su publicación, conservando el autor la plena propiedad de la obra, respondiendo ante la Revista por cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual o industrial.
  • Conocer y adscribir a las condiciones establecidas en la licencia Creative Commons Atribución 3.0 Unported, o sus
  • Colaborar como árbitro en el sistema doble ciego que utiliza la Revista.

Declaración de comprobación preliminar y compromisos (descargar)

Ficha de Datos de manuscrito y autoría

Esta ficha debe contener el nombre del autor(es) y la sección de la Revista a la que postula su trabajo. Debe indicarse también el área disciplinaria en que se inserta el trabajo. Juntamente con ello, se debe señalar la identificación del autor/res, afiliación (con indicación de institución, ciudad, país y correo electrónico), declaración de contribución en caso de coautoría conforme a los criterios CRedit, identificador ORCID activo y actualizado (https://orcid.org/) de cada autor o coautor, y la indicación del autor de correspondencia.

La identificación de las autorías, afiliación y agradecimientos a fondos de financiamiento deben sujetarse a las Directrices de Normalización determinadas por ANID en 2023 (https://www.scielo.cl/novedades/documentos/Documento_directrices_SciELO_20230904.pdf).

Datos manuscrito y autoría (descargar).

No se aceptarán trabajos sin que haya transcurrido al menos un período de dos años contado desde la última publicación de un trabajo del mismo autor/a en esta Revista (ya sea como autor/a único o en coautoría). Si se recibe un trabajo sin que se haya cumplido este plazo, se informará al autor de esta circunstancia y no se iniciará su proceso editorial sino hasta que el trabajo sea enviado nuevamente una vez transcurrido efectivamente el tiempo de dos años contados desde la última publicación del autor/a.

  1. EXIGENCIAS GENERALES EN LA PRESENTACIÓN DE LOS MANUSCRITOS

Formato de los trabajos:

Las colaboraciones deben estar escritas en idioma castellano, en páginas tamaño carta, dejando un margen de 3 cm. en todos los bordes, con interlineado sencillo, sin espacio entre los párrafos, sin sangría en primera línea, texto justificado, sin versalitas y letra Times New Roman tamaño 12 para el texto y 10 para las notas.

Se recomienda que la letra cursiva se emplee para los títulos de obras y revistas, para los títulos de fuentes, para palabras en otro idioma y para destacar una palabra u oración del trabajo o de sus citas. No obstante, la transcripción textual de texto de otras fuentes (por ejemplo, artículos de un código o ley o párrafos de una sentencia) debe ir en letra cursiva y entre comillas.

Se recomienda a los autores, especialmente en el caso de postular su trabajo a la sección Artículos de Investigación, no abusar del uso de transcripciones textuales, que restan carácter original e inédito al trabajo, y no evidencian un análisis crítico.

El cuerpo de los trabajos se dividirá en secciones numeradas con arábigos, con rúbrica justificada y separada del cuerpo de su discurso. Éste podrá ser nuevamente subdividido en parágrafos señalados con números arábigos, seguidos de un punto (1.). Los títulos deben ir justificados a la izquierda, sin sangría y en negrita.

Afiliación e información de los autores:

Para facilitar el proceso de revisión anónima por pares académicos, los autores deben señalar en la primera página de su manuscrito el nombre del autor/es, y la información completa acerca de la afiliación académica de cada uno, incluyendo obligatoriamente la institución en la que están adscritos, ciudad, país y correo electrónico. En caso de haber más de una afiliación por autor, se debe indicar la principal.

La identificación de las autorías, afiliación y agradecimientos a fondos de financiamiento deben sujetarse a las Directrices de Normalización determinadas por ANID en 2023. (https://www.scielo.cl/novedades/documentos/Documento_directrices_SciELO_20230904.pdf)

Se debe además indicar, en la misma hoja, el identificador ORCID activo y actualizado.

La Revista Ius et Praxis no publica trabajos cuyo autor no sea un académico, nacional o extranjero, es decir, es indispensable que tenga una afiliación académica comprobable. El Equipo Editorial valorará la pertinencia de ingresar al proceso editorial y publicar trabajos de académicos que no tengan grado de doctor o magister.

Referencias bibliográficas:

La información bibliográfica efectivamente consultada deberá incorporarse como nota abreviada a pie de página y como referencia completa al final del trabajo, siguiendo rigurosamente la estructura indicada en el título “Normas sobre referencias bibliográficas”.

La Revista Ius et Praxis publica tres tipos de trabajos: artículos de investigación, ensayos y comentarios de jurisprudencia.

2.1. Sobre los Artículos de Investigación:

Los artículos de investigación son trabajos originales, actuales y relevantes en algún área disciplinaria del derecho, resultado de proyectos de investigación formalizados, o de otras investigaciones originales significativas.

Carácter científico: Sólo se aceptarán artículos originales e inéditos referidos en profundidad a un estudio o investigación de interés actual en el mundo jurídico, que esté terminado o cuyo avance permita la comunicación de sus resultados. En él se deben desarrollar análisis críticos sustentados en argumentos consistentes, empleando bibliografía actual y pertinente. Debe evitarse al máximo las transcripciones textuales.

Extensión: los artículos de investigación deberán tener una extensión total máxima de 12.000 palabras, incluidas notas a pie de página, bibliografía y apéndices en su caso. Se debe hacer uso de un mínimo de 15 textos bibliográficos actuales y pertinentes.

Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión máxima de 200 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y recuperación en bases bibliográficas electrónicas.

2.2. Sobre los Ensayos:

Los ensayos deberán consistir en documentos o comentarios críticos y argumentados de interés actual en el mundo jurídico, cuya extensión no podrá ser superior a 10.000 palabras, incluidas notas a pie de página y apéndices en su caso.

No se aceptaran como ensayos documentos puramente descriptivos que no contengan una exposición argumentada sobre su objeto de estudio.

Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión máxima de 200 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y recuperación en bases bibliográficas electrónicas.

2.3. Sobre los comentarios de la sección Jurisprudencia:

Las colaboraciones que se presenten para ser publicadas en la sección Jurisprudencia deberán consistir en comentarios críticos de sentencias actuales (últimos 5 años contados desde la fecha de envío del comentario) de tribunales de justicia nacionales, o de tribunales extranjeros o internacionales cuyo estudio revista relevancia nacional. También pueden consistir en comentarios críticos de líneas jurisprudenciales, cuyo análisis revista relevancia para el área disciplinaria de que tratan. No se ingresaran a proceso editorial trabajos que consistan mayoritariamente o de modo considerable en transcripciones textuales de sentencias o partes de sentencias.

Los comentarios no podrán tener una extensión total superior a 8.000 palabras, incluidas notas a pie de página y apéndices en su caso.

Título del artículo, resumen y palabras clave en dos idiomas: La primera página del texto incluirá el título, tanto en castellano como en inglés. Luego, se incluirá el resumen, en castellano e inglés, de una extensión máxima de 150 palabras; y tres palabras clave o descriptores generales de la materia tratada (en ambos idiomas), a efectos de facilitar su búsqueda y recuperación en bases bibliográficas electrónicas.

 Los trabajos que no cumplan rigurosamente con todas las normas editoriales establecidas previamente no podrán ingresar al proceso de revisión de fondo, conforme se detalla en la información del PROCESO DE REVISIÓN DE LOS TRABAJOS.

 

  1. NORMAS SOBRE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Ius et Praxis se basa en los estándares determinados por las normas NCH1143.OF1999 = ISO 690:1987 sobre referencias bibliográficas, la que ha sido declarada norma chilena oficial por Resolución N° 75 de 1999 del Ministerio de Economía, Diario Oficial de 24 de febrero de 1999; y NCH1143/2.OF2003, correspondiente a una homologación de la norma ISO 690-2 y que ha sido declarada norma chilena oficial por Resolución N° 92 de 2003 del Ministerio de Economía, Diario Oficial de 13 de marzo de 2003.

3.1. Referencias abreviadas al pie de página

Las notas y citas bibliográficas deberán colocarse a pie de cada página, utilizando letra Times New Roman 10, en texto justificado, sin emplear versalitas, numeradas mediante caracteres arábigos y en formato superíndice.

Por no orientar adecuadamente al lector, no se deben utilizar abreviaturas como «cfr.», «vid.», «oo.», «cit.», «op. cit.», «ídem», «dir.», etc. Para referirse a un texto completo, debe citarse la totalidad de páginas que contiene la obra citada (no usar “passim” u otra abreviatura). Cuando se indiquen las páginas de la obra en la referencia bibliográfica, deben utilizarse las abreviaturas “p.” y “pp.” que significan página y páginas, respectivamente.

Se sugiere a los autores no abusar de la autocitación y procurar una exhaustiva revisión de la bibliografía nacional.

Las notas y citas estarán construidas de la siguiente forma:

a) Referencia abreviada de obras

En las referencias abreviadas de libros, artículos de revista, capítulos y formatos electrónicos se señalará en la nota al pie: sólo el primer apellido del autor (en mayúsculas), el año (en paréntesis), y el número o números de la página o de las páginas precisas en que aparece la referencia citada.

Los lectores podrán verificar los datos completos de la referencia en la “bibliografía citada”, al final del trabajo.

Se recomienda no efectuar citas de trabajos que no han sido confrontados directamente por el autor, ya sea críticamente o siguiendo sus planteamientos.

Ejemplos:
– Obras con un autor: LLANOS (1977), p. 134.

– Obras con dos autores (los apellidos se unen por medio de la conjunción y): FRASER Y HONETH (2006), p. 20.

– Si una obra tiene tres, cuatro o más autores, se citan todos los autores en la lista de referencias final. En las notas al pie de página se escribe solamente el apellido del primer autor seguido de et al. (del latín et alii: y otros), año de publicación y página respectiva: VALLESPÍN et al. (2005), p. 31.

– En el caso que se citen dos o más obras de diferentes autores en una misma referencia, se escriben los apellidos y respectivos años de publicación, separados por un punto y coma dentro de un mismo paréntesis: Varios autores (GARCÍA (2007), p. 84; NOGUEIRA (2007), p. 145; CEA (2006), p. 135) concluyeron que…

Si se citan dos o más obras de un mismo autor, publicadas en un mismo año, se distinguirán entre sí, con letras minúsculas a), b), c), etc., a continuación del año y dentro del paréntesis.

b) Referencia abreviada de normas jurídicas

Se deberá indicar en cada caso el número de la ley y su año.

Los lectores podrán verificar los datos completos de la ley señalada en el listado de “normas jurídicas citadas”, al final del trabajo.

Ejemplo:
Ley N° 18.525, de 1986.

c) Referencia abreviada de jurisprudencia

Las citas de sentencias al pie de página deberán indicar el nombre del tribunal, el rol y la fecha.
Los lectores podrán verificar los datos completos de la referencia en la “jurisprudencia citada”, al final del trabajo.

Ejemplo:
Corte Suprema, Rol Nº 204-08, de 30 de julio de 2009.

En caso de citar jurisprudencia de otros países, se deberá ocupar el sistema propio de referencia que utilizan las cortes y tribunales de origen de la sentencia.

Ejemplos:

Estados Unidos: Whalen v. Roe, 429 U.S. 589 (1977).

España: STC 3349/2013.

Colombia: Sentencia T–406 de 1992, Corte Constitucional de Colombia, M.P. Ciro Angarita Barón.

3.2. Referencias completas al final del trabajo

 

3.2.1. Bibliografía citada

Todas las referencias de libros, artículos de revistas, capítulos de obras colectivas y fuentes electrónicas deberán incluirse al final del artículo respectivo bajo el título “Bibliografía citada” (Letra times, 10).

Este listado se limitará a la bibliografía efectivamente referenciada en el respectivo trabajo y se ordenará alfabéticamente por su primer elemento, que es el apellido del autor (en mayúsculas), junto a su año de publicación en paréntesis. Si se citan dos o más obras de un mismo autor, publicadas en un mismo año, se distinguirán entre sí, con letras minúsculas a), b), c), etc., a continuación del año y dentro del paréntesis. El o los apellidos del autor se escribirán en mayúsculas y el nombre en altas y bajas. En esta lista, la referencia a los artículos de revista y de capítulo de libros hará indicación de los números de página de inicio y final.

a) Referencia de libro

Elementos: AUTOR(ES) ya sea institución o persona, / (año de publicación): Título de la publicación, número de edición (excepto la primera) (Lugar de publicación, Editorial), número del volumen o tomo.

LLANOS MANSILLA, Hugo (1977): Teoría y práctica del Derecho Internacional Público (Santiago, Editorial Jurídica de Chile).

NOGUEIRA ALCALÁ, Humberto (2009): Derechos Fundamentales y garantías constitucionales (Santiago, Editorial Librotecnia), tomo III.

b) Referencia de traducción

Elementos: AUTOR(ES) ya sea institución o persona, / (año de publicación): Título de la publicación, número de edición (excepto la primera) (Traducc. Nombre del traductor, Lugar de publicación, Editorial), número del volumen o tomo.

LE TORNEAU, Philippe (2004): La Responsabilidad Civil (Traducc. Javier Tamayo Jaramillo, Bogotá, Editorial Legis).

c) Referencia de capítulo de libro

Elementos: AUTOR(ES) del capítulo (año de publicación): “Título del capítulo”, en: Responsabilidad de la obra completa o coordinador del libro, Título del libro (lugar de publicación/editorial), paginación.

NOGUEIRA ALCALÁ, Humberto (2010): “El principio de proporcionalidad y su aplicación en Sudamérica por la jurisdicción constitucional, con especial mención al Tribunal Constitucional chileno”, en: Carbonell, Miguel (Coord.), El principio de proporcionalidad en la interpretación jurídica (Santiago, Librotecnia), pp. 353-403

d) Referencia de artículo de revista

Elementos: AUTOR(es) del artículo (año): “Título del artículo”, en: Título de la Revista (volumen, número), paginación.

HERNÁNDEZ, Antonio María (2002): “La inconstitucionalidad del corralito financiero y bancario”, en: Revista Ius et Praxis (Año 2, N° 2), pp. 141-164.

e) Referencia a documentos en formato electrónico

Elementos: AUTOR(ES) del documento (año): “Título del documento”, en: datos de la fuente electrónica en que se encuentra. Disponible en: enlace al sitio electrónico [fecha de visita].

CARNEVALI RODRÍGUEZ, Raúl (2006): “Criterios para la punición de la tentativa en el delito de hurto a establecimientos de autoservicio. Consideraciones político criminales relativas a la pequeña delincuencia patrimonial”, en: Política Criminal (Nº1, Año 2). Disponible en: http://www.politicacriminal.cl/n_01/pdf_01/a_2.pdf [visitado el 28 de febrero de 2008].

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (2009): “Informe Sobre Desarrollo Humano Superando Barreras: movilidad y desarrollo humano”. Disponible en: http://hdr.undp.org/en/media/HDR_2009_ES_Complete.pdf [visitado el 28 de febrero de 2008].

Por regla general, la información de la fuente se puede obtener del propio documento. La fecha de consulta es imprescindible para los documentos en línea.

3.2.2. Jurisprudencia citada

Se deberá considerar al final del trabajo un listado de todas las referencias jurisprudenciales, bajo el título: “Jurisprudencia citada” (Letra times, 10). Dicho listado se limitará a las sentencias efectivamente citadas en el trabajo. Las sentencias se ordenarán cronológicamente (desde la más antigua) y si existen diversas sentencias en el mismo tiempo, se ordenarán alfabéticamente por el nombre de las partes, si correspondiere.

Elementos:

Nombre de las partes o indicación de reserva (año): Tribunal que la dictó/ fecha con indicación de día, mes y año (tipo de acción y procedimiento correspondiente), Rol (salvo que la causa sea reservada), en: Identificación de la sede de edición en que ha sido publicada la sentencia, indicaciones de volumen, año, secciones y página; o enlace al sitio web en el que se encuentra la sentencia.

Canal 13 S.A. con Consejo Nacional De Televisión (2022): Corte de Apelaciones de Santiago 10 de mayo de 2022 (contencioso administrativo), Rol N° 155-2021, en: www.pjud.cl.

Reservada (2017): 7° Juzgado Civil de Santiago 05 de julio de 2017 (rectificación de partida de nacimiento), en: https://2019.vlex.com/#vid/tras-presentar-reparos-registro- 845717653.

En caso de que una sentencia haya sido publicada por dos sedes editoriales distintas, el autor deberá citar exclusivamente aquella que utilizó en su trabajo.

En caso de citar jurisprudencia de otros países, se deberá ocupar el sistema propio de referencia que utilizan las cortes y tribunales de origen de la sentencia.

Ejemplos:

Estados Unidos: Whalen v. Roe, 429 U.S. 589 (1977).

España: STC 3349/2013.

Colombia: Sentencia T–406 de 1992, Corte Constitucional de Colombia, M.P. Ciro Angarita Barón.

3.2.3. Normas jurídicas citadas

Se deberán considerar al final del trabajo, en un listado, todas las referencias legales o normativas, bajo el título: “Normas jurídicas citadas” (Letra times, 10). Dicho listado se limitará a las normas efectivamente citadas o referidas en el trabajo.

Elementos: Tipo de norma, número de la norma, denominación oficial, si la tiene. Título de la publicación en que aparece oficialmente, fecha de publicación con indicación de día, mes y año.

Ley N° 18.525, sobre importación de mercancías al país. Diario Oficial, 30 de junio de 1986.

Sobre artículos de investigación:

 

Examen preliminar: 

Recibidos los trabajos se efectuará por parte del Equipo Editorial un examen preliminar destinado a verificar que el tema del trabajo corresponda a la disciplina jurídica, y a emitir una primera opinión sobre el cumplimiento de las exigencias formales, así como respecto a su carácter de colaboración original, pertinente y de calidad, para lo cual, entre otros, se aplica un programa de detección de plagio y de coincidencias (actualmente Turnitin).

No existiendo observaciones en los referidos aspectos, se continuará el proceso de revisión.

En caso que el trabajo no cumpla las exigencias formales será devuelto a su autor/a para que efectúe la debida corrección hasta por una vez; si es recibido en una segunda oportunidad con defectos formales, se rechazará definitivamente no considerándose para continuar con el proceso de revisión, lo que se comunicará al autor/res.

El Equipo Editorial de la Revista se reserva el derecho para rechazar una postulación cuando no corresponda al ámbito científico sobre el cual publica la Revista, no revista interés jurídico o actualidad, no cumpla rigurosamente con las normas editoriales o si su calidad de fondo aparezca como ostensible e indiscutiblemente disminuida.

 

Revisión por pares: 

La Revista utiliza el sistema de revisión por pares a doble ciego (double blind review). Los trabajos recibidos que han superado satisfactoriamente el examen preliminar, se entenderán ingresados al proceso editorial y serán revisados por, al menos, dos académicos nacionales o extranjeros del área disciplinaria a que pertenezca el trabajo, externos a la Dirección y Comité editorial de la Revista. Para la designación de los árbitros se privilegiarán los académicos con el grado de Doctor o Magíster en sus respectivas especialidades. Dada la rigurosidad del proceso de revisión por pares a doble ciego, en todo momento de la evaluación se conservará el anonimato del autor y de los pares evaluadores.

La evaluación se efectuará sobre la base de una pauta de arbitraje a fin de determinar el cumplimiento de los estándares de originalidad, calidad, pertinencia, coherencia, actualidad y fundamentación de los trabajos, entre otros.

Pauta de evaluación artículos de investigación (descargar).

Si las evaluaciones expertas sugieren modificaciones menores, se pedirá al autor introducirlas. En caso de divergencia de los arbitrajes se sujetará el trabajo a una tercera valoración.

De acuerdo al resultado de los arbitrajes, la Dirección se reserva el derecho de aceptar o rechazar la publicación de los trabajos recibidos, así como de sugerir al autor o autores cambios de forma que no impliquen alterar el fondo del trabajo o cambios de sección.

 

En cuanto a los Ensayos y Comentarios de la sección Jurisprudencia:

Si el Equipo Editorial de la Revista, en examen preliminar,  considera en principio admisible a proceso el trabajo, lo someterá a arbitraje de un evaluador académico nacional o extranjero del área disciplinaria a que pertenezca el tema del trabajo, para que ejecute un examen de fondo sobre la base de una pauta de evaluación que considerará la relevancia y coherencia del análisis, entre otros aspectos.

Pauta de evaluación Ensayos (descargar).

Pauta de evaluación Jurisprudencia (descargar).

A partir de la evaluación académica, el Equipo Editorial decidirá en definitiva sobre la publicación o el rechazo del trabajo propuesto. Cuando la evaluación sugiera modificaciones menores se pedirá al autor introducirlas, previamente a la adopción de la decisión.

 

Solicitud de correcciones:

La solicitud de correcciones a los autores, en cualquier fase del proceso de evaluación, en ningún caso significa compromiso de publicación por parte de la Revista Ius et Praxis, ya que dicho compromiso sólo se adquiere al momento de enviar la comunicación correspondiente al autor único o de correspondencia, según el caso.

Los evaluadores deberán comunicar inmediatamente a la Dirección de la Revista si observan que el trabajo sometido a su consideración no es original o presenta problemas de plagio o de derechos de autor.

Del mismo modo, para resguardar el principio de legitimidad del proceso de evaluación deberán comunicar cualquier conflicto de interés que estimen que les afecte al momento de revisar y evaluar el trabajo que se le envíe. Para estos efectos, se estimarán como conflictos de interés las mismas situaciones consideradas como tales en la evaluación de concursos Fondecyt.

Los evaluadores deberán guardar absoluta reserva y no divulgar información respecto al proceso de evaluación. Además, deben abstenerse de la evaluación si por cualquier circunstancia reconocieren la identidad del autor/es o tomaren conocimiento de ella.

Los nombres y las direcciones de correo electrónico informados por los autores a esta revista se usarán exclusivamente para los fines establecidos en ella y no se proporcionarán a terceros, ni serán usados con otros fines que no sean los propios del proceso editorial y de publicación con acceso abierto.